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El plazo para las solicitudes de las ayudas Innovactiva 6000 finaliza el 25 de julio

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La línea de ayudas 'Innovactiva 6.000' está orientada a financiar los gastos para la puesta en marcha de proyectos empresariales promovidos por jóvenes andaluces o residentes en Andalucía, hasta 35 años, inclusive, y a apoyar una inversión en inmovilizado de un máximo de 6.000 euros, sin que sea necesario que el solicitante aporte ninguna cantidad.

A esta línea de subvenciones podrán acogerse jóvenes andaluces o residentes en Andalucía con formación académica universitaria o de ciclo formativo de grado medio o superior que presenten un proyecto que deberá ser avalado por un informe de viabilidad realizado por la Fundación Pública Andaluza ‘Andalucía Emprende’, a través de Red de Centros de Apoyo al Desarrollo Empresarial (CADE).

Las ayudas se podrán solicitar para:

1.- Constituir empresas con alguna de las siguientes formas jurídica societaria (Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad de Responsabilidad Limitada Nueva Empresa, Sociedad Laboral o Sociedad Cooperativa). En este caso, el solicitante deberá contar con, al menos, un socio que también deberá cumplir el requisito de ser menor de 35 años.innovactiva1

En esta línea serán subvencionables las actuaciones encaminadas a la constitución de las empresas (Registro y Notaria) y también aquellas inversiones encaminadas a la puesta en funcionamiento de la actividad empresarial tales como la adquisición de equipos informáticos, mobiliario e inmovilizado material e inmaterial, como: licencias de software, software, dominios web, maquinaria, leasing, propiedad industrial, obras de adaptación y mejora de infraestructura propia o elementos de transporte. Están excluidas las aportaciones para constituir el capital inicial de la empresa.

2.- Para constituirse como empresario o profesional autónomo. En esta línea sólo serán subvencionables las actuaciones encaminadas a financiar los gastos de inversión necesarios para la puesta en funcionamiento de la actividad tales como la adquisición de equipos informáticos, mobiliario e inmovilizado material e inmaterial, como: licencias de software, software, dominios web, maquinaria, leasing, propiedad industrial, obras de adaptación y mejora de infraestructura propia o elementos de transporte.

En ambas líneas los gastos subvencionables deberán tener naturaleza de gastos de inversión, no pudiendo ser subvencionados gastos de naturaleza corriente, como cuotas de la seguridad social, sueldos o retribuciones.

Para más información, pueden dirigirse al CADE de Fuente Palmera, en calle Antonio Machado (sede Asociación de Empresarios). También en el mail rgomez@andaluciaemprende.es

Os dejamos los enlaces del BOJA

http://www.juntadeandalucia.es/eboja/2016/113/BOJA16-113-00014-10723-01_00093229.pdf

http://www.juntadeandalucia.es/eboja/2016/120/BOJA16-120-00017-11448-01_00093950.pdf

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