El vaquero, que durante todos estos años jamás ha querido hacer ningún tipo de declaración, habla ahora -por primera y posiblemente última vez- en el desenlace del conflicto. A continuación, reproducimos íntegramente el comunicado y que cada lector extraiga sus propias conclusiones. No sin antes indicar que Don Antonio De la Rosa no menciona en su escrito la sentencia de 2009 del TSJA que declaraba su explotación como ilegal por no poseer en todo este tiempo licencia de actividad. La nota es la siguiente:
D. Antonio De la Rosa Martínez dice:
«Que vengo desarrollando desde hace más de 40 años la actividad de ganadero, y previamente y en el mismo lugar lo hizo mi padre.
El vecino D. Francisco Adame adquirió el terreno y construyó la vivienda conociendo que allí estaba la actividad de ganado.
En los procesos administrativos y judiciales, este vecino no ha sido parte, sólo lo ha sido el Ayuntamiento y mi persona. Tras varios años de litigios y diversos procedimientos pude proponer y el Ayuntamiento aceptar una solución al problema, solución que tampoco ha sido fácil, puesto que he tenido que trammitar un expediente de Declaración de Utilidad Pública e Interés Social(DUPIS) para la construcción de las nuevas instalaciones, así como realizar una cuantiosa inversión. Permitiéndose mientras tanto por el Ayuntamiento la permanencia de la actividad de forma provisional.
También tramité y obtuve una subvención, la cual finalmente tuve que dejar perder por los plazos y dificultades que encontré en el Ayuntamiento en algunos momentos de la legislatura anterior. De hecho, se inició un proceso sancionador contra mi persona mientras se tramitaba el expediente del proyecto de actuación, tramitación que se demoró en diversos momentos por clara inactividad de la administración local. Llegando a dictarse finalmente una sentencia que estima mi recurso, considerando la mencionada sanción contraria a derecho, multa coercitiva que pretendía cobrar por valor de 32.069 euros. Sentencia que actualmente está recurrida por el Ayuntamiento, pendiente de sentencia de apelación en el TSJA.
Dentro de mis posibilidades he intentado dar cumplimiento a todas mis obligaciones, entre otras los plazos de ejecución de la obra, la cual debía iniciarse en un plazo de un año(desde que se notificó en enero de 2015 el decreto) y podía durar hasta tres años. Con lo que se ha dado estricto cumplimiento a las condiciones recogidas en la correspondiente licencia de obra.
El traslado no ha sido fruto de la presión de este vecino, que repito, no ha litigado contra mí; sino de la voluntad de quien suscribe, que en los últimos años(desde 2010) ha estado asesorado por la abogada Dª Laura Aguilar Alinquer, y también de la postura que ha adoptado finalmente el Ayuntamiento aceptando una solución razonable».