Cierre perimetral y nivel de alerta sanitaria 3 a partir del Viernes Santo

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Las nuevas medidas entrarán en vigor a las 0.00 horas del viernes 2 de abril y estarán vigentes 7 días. El Ayuntamiento de Fuente Palmera, una vez publicada la resolución en el BOJA, ha emitido un bando con todas las medidas que conllevan el cierre, las sanciones y un mensaje de responsabilidad y prudencia.

El Comité Territorial de alerta de Salud Pública Alto Impacto de la provincia de Córdoba se ha reunido hoy miércoles 31 de marzo, vía telemática, presidido por la delegada territorial de Salud y Familias en Córdoba, María Jesús Botella, para analizar los datos epidemiológicos en la provincia de Córdoba.

El comité territorial ha valorado todos los municipios en función de la tasa de incidencia actualizada a fecha de hoy y ha decretado el cierre perimetral en Nueva Carteya, Pedro Abad, El Carpio y Fuente Palmera, púes todos superan los 500 casos por cien mil habitantes. Como ya adelantamos a mediodía, la Colonia se disparaba hoy con 716,8. Asimismo, Doña Mencía continúa con su restricción de cierre de la actividad no esencial al superar la tasa de 1.000.

Además, el mismo comité ha decidido declarar el nivel de alerta 3 en el Distrito Guadalquivir, al que pertenece Fuente Palmera y Fuente Carreteros. Si noy hay cambios, se volverá a reunir el próximo jueves 8 para revisar las tasas y las consiguientes medidas.

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¿Qué implica el cierre perimetral?

Con el cierre perimetral está prohibido entrar o salir del municipio con la excepción de los siguientes supuestos, siempre con justificación o autorización acreditada:

Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

Desplazamientos de deportistas, entrenadores, jueces o árbitros federados, para realizar actividades deportivas federadas de competición oficial, debidamente acreditados mediante licencia deportiva o certificado federativo.

Desplazamiento para la realización de actos de recolección en huertos por sus propietarios o arrendatarios, así como la atención y alimentación de animales.

Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.

Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

La Junta de Andalucía en la Orden de 29 de octubre de 2020, establece que las sanciones serán las contempladas en el Decreto-ley 21/2020, de 4 de agosto, que recoge multas desde los 100 euros hasta los 600.000 euros en casos más graves, por saltarse el confinamiento perimetral sin justificación o autorización preceptiva.

Recordamos que la movilidad sí estará permitida en cualquier caso entre todos los núcleos de la Colonia (Fuente Palmera, las siete aldeas y la ELA de Ochavillo del Río). A Fuente Carreteros no podremos desplazarnos sin causa justificada.

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Nivel de alerta sanitaria 3

En la siguiente imagen se reflejan las restricciones que conlleva este nivel de alerta, igualmente salvo cualquier variación que pueda disponer el BOJA.

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