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El DAT convence a medias a los agricultores colonos

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La Cooperativa San Francisco de Borja acogió ayer una charla informativa sobre el DAT, el Documento de Acompañamiento al Transporte de productos agrarios y forestales de carácter alimentario, el cual es obligatorio y ha entrado en funcionamiento desde el pasado 15 de octubre. 

dat1En la presentación del acto, organizado por la Asociación de Empresarios, participaron el alcalde de La Colonia, Francisco Javier Ruiz, el presidente del colectivo empresarial, Manuel Jesús Adame, el gerente de la Cooperativa, David Sillero, y su presidente, Antonio Rodríguez. También estuvo presente el concejal de Agricultura del Ayuntamiento de Fuente Palmera, Francisco Javier Sánchez.dat2

La conferencia estuvo a cargo del director de la Oficina Comarcal Agraria (OCA) de Posadas, Rafael Mora. Casi un centenar de personas asistieron a la misma. Si bien quedó aclarado en qué consiste el documento y su finalidad, algunos agricultores murmuraron que tiene poca utilidad y que supone más papeleo, habiendo cuestiones más importantes que afectan al sector, en su opinión.dat3

El DAT es el documento de acompañamiento al transporte de productos agrarios y forestales de carácter alimentario, que contiene información sobre el origen y destino de estos productos y que servirá para organizar y controlar el transporte, mejorar la seguridad y la trazabilidad, y acreditar el origen y destino durante la fase de su transporte, dificultando también la sustracción ilegitima y posterior venta ilegal de estos productos.

Será de aplicación a los productos sin transformar obtenidos de las explotaciones agrícolas, forestales y agroforestales, desde la unidad de producción de origen hasta el lugar de almacenamiento o su primer destino de comercialización. Se excluyen expresamente de esta obligación los productos de la producción primaria de ganadería, caza, pesca y acuicultura.

Rafael Mora dejó claro que lo que le preocupa a la Junta de Andalucía es quién cultiva, dónde se cultiva y adónde va el producto, bien sea un centro de transformación, un almacén, agencia de transporte o cualquier acopio. Por ello, expuso en primer lugar algunos casos de alertas sanitarias por contaminación alimentaria, siendo el último y más sonado el de la listeriosis.

En el DAT intervienen cuatro figuras: agricultor, transportista, Guardia Civil y operador. El titular de la explotación de la que sale el producto es el que tiene que crear el DAT, el transportista tiene la obligación de llevarlo, la Guardia Civil hace el control y puede interponer denuncia si el transportista no lo lleva, y el operador al que le llega el producto tiene la obligación de conservarlo durante cinco años, en el caso del formato en papel. Para el formato electrónico, en principio se queda guardado indefinidamente.

Por tanto, se podrá realizar en formato papel o mediante una aplicación informática, de fácil uso, desde el ordenador o teléfono móvil. El DAT en formato electrónico, ofrece algunas ventajas como poder obtener un extracto de las producciones de una determinada finca en el caso de los agricultores y la planificación de las descargas de cultivos en el caso de los operadores.

Para los transportistas, la utilización del DAT en formato electrónico supone la obtención de forma automática de la carta de porte. En el caso de la Guardia Civil, dispondrá de un aplicación informática que les permitirá el control de los movimientos.

Este documento de acompañamiento deberá estar disponible y ser aportado en cualquier momento, a requerimiento de los agentes de la autoridad, en el traslado de los productos sin transformar desde las explotaciones hasta los lugares de almacenamiento o los primeros destinos de comercialización. Esta obligación se mantendrá en las operaciones de transporte de productos entre unidades de producción de la misma explotación que no guarden continuidad geográfica. 

Rafael Mora también aclaró que la Guardia Civil no multa si el transportista no lleva el DAT o el agricultor no lo ha creado, sino que pone una denuncia y es la Junta de Andalucía quien abre un expediente sancionador a los seis meses de haberse cometido la infracción. En ese período, la Consejería de Agricultura se pondrá en contacto con el denunciado a través de carta. 

A las dudas de los asistentes, Mora explicó varias cuestiones:

– ¿Cuándo no hay que generar el DAT? Cuando el transporte se hace dentro de la misma finca con almacenamiento propio y sin salir a carretera o caminos públicos

– Si el DAT se hace sólo en papel, es recomendable que el agricultor, o la persona autorizada por este, se quede con una copia por si el transportista pierde el documento.

– ¿Se puede estar dado de alta como explotación y operador? Una misma persona puede estar dada de alta como agricultor y operador siempre que sea el titular de éstas, y tiene que hacer el DAT.

– ¿Qué validez tiene un DAT? Si se hace en papel tiene una validez de 5 días naturales.

– ¿Qué ocurre con el DAT si al final el transporte no se realiza? El DAT pasará a estado “Caducado” y debe ser rechazado por el operador-destinatario final . Si se hace en papel se destruye. 

– ¿A quién va la sanción si no aporto DAT? A la explotación por no generarlo, al transportista por no llevarlo o al operador que recepcione la mercancía sin el DAT.

En el siguiente enlace pueden consultar una guía completa de preguntas y respuestas sobre el DAT:

https://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/GUIA%20DE%20PREGUNTAS%20Y%20RESPUESTAS%20SOBRE%20EL%20DAT-4_pub.pdf

 

 

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