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Entrando un poco en materia, lo que se paga de Impuesto de Bienes Inmuebles (Contribución) en cada municipio es el resultado de aplicar un gravamen, que libremente y dentro de unos márgenes aprueba cada Ayuntamiento, al valor catastral de cada propiedad urbana.
Los valores catastrales de cada municipio se vienen revisando con una periodicidad indeterminada por parte del Catastro a petición de los Ayuntamientos, estableciéndose la denominada Ponencia de Valores, que no es otra cosa que una estimación del valor del suelo y de lo construido dependiendo del municipio y del lugar concreto en el que se ubique dentro del mismo.
El gravamen puede cambiarlo el municipio cuando lo decida, pero el valor catastral se cambia o por una revisión catastral o porque el Gobierno revalorice o actualice los mismos en la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado cada año (para ello hay que solicitarlo y el Ministerio conceder dicha posibilidad anual de revalorización), algo lógico púes el valor de una propiedad urbana depende, entre otras cosas, de la situación del mercado inmobiliario, la cual puede cambiar en cada sitio en función de las tendencias del mercado.
Hay un listado de municipios, entre ellos Fuente Palmera, que pidieron -tras acuerdo plenario- acogerse a esta revalorización anual del valor catastral, la cual ya el Gobierno ha aprobado para 2017 y cuyo decreto ha aparecido en el BOE hace unos días. La actualización que aprueba el Gobierno la relaciona con el año en el que se aprobó la Ponencia de Valores, lo que significa que en algunos casos subirá el impuesto y en otros bajará. En el caso de Fuente Palmera dicha Ponencia data de 2010 y, por tanto, le corresponde un coeficiente de actualización de 0,90, lo que equivale en una rebaja del 10% en el importe del recibo de la Contribución para el año que viene.