La Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a 17 años y medio de cárcel al acusado de apuñalar a su exnovia embarazada en Fuente Palmera en diciembre de 2023.
En su sentencia, facilitada a Diario Córdoba por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la sección tercera halla culpable al procesado de los delitos de maltrato habitual, amenazas leves, maltrato de obra, asesinato y aborto en grado de tentativa.
El fallo puede ser recurrido en apelación. En este sentido, el tribunal ha considerado probado que la víctima y el agresor mantuvieron una relación sentimental durante un año, conviviendo en diferentes localidades. Sin embargo, la perjudicada decidió terminar la relación y marcharse a vivir con sus abuelos maternos a Fuente Palmera.
Durante su relación, el procesado hizo a la víctima «objeto de humillación e insultos desvalorizantes tales como ‘zorra, perra, no quiero al niño porque viene de una puta…’, ejerciendo sobre ella indiferencia afectiva y mandándole múltiples mensajes amenazantes por teléfono», detalla la sentencia.
En diciembre de 2023, cuando ella se encontraba embarazada de 28 semanas y convivía con sus abuelos, el procesado acudió a Fuente Palmera y durante una madrugada le envió un centenar de mensajes donde, entre otras expresiones, le decía que si se negaba a salir a hablar con él «te juro que entro y acabo con tus abuelos…Te juro que te mato». Finalmente, a mediodía, decidió salir de casa para hablar con él.

El acusado le insistía en que ella se trasladase a vivir a Córdoba con él, pero la víctima se negó. Una vez que el abuelo salió de la vivienda y recriminó al procesado su presencia en la localidad, este, «con intención de menoscabar la integridad física y corporal del abuelo, se dirigió hacia él y lo empujó».
Después de esto, acudieron a otro lugar para seguir hablando. En un momento dado, el acusado se dio la vuelta «e hizo como que enviaba un mensaje a un familiar para que lo recogiera. Sin mediar palabra, de manera sorpresiva (…) se dirigió hacia ella y, con intención de acabar con su vida y con la del feto, se sacó la navaja del bolsillo y se la clavó en la barriga, sin llegar a conseguir su propósito por causas ajenas al mismo, marchándose rápidamente».
La sentencia recoge que ese mismo día la víctima fue intervenida quirúrgicamente debido a la agresión recibida, que le causó una herida de un centímetro aproximadamente en el colon. Así, detalla que, si no se hubiese llevado a cabo con la premura necesaria, «hubiera supuesto un importante riesgo para la vida de la víctima y del feto».
La sentencia recuerda que el acusado entró en prisión en enero de 2024, después de entregarse a la Guardia Civil. Asimismo, indica que en mayo de 2024 la perjudicada acudió al juzgado de Violencia sobre la Mujer de Posadas para manifestar su decisión de retirar la denuncia formulada contra su expareja. No obstante, en abril de 2025 se personó como acusación particular.
El acusado ha sido condenado a dos años y medio de prisión por un delito de maltrato físico y psíquico habitual en el ámbito de la violencia de género; un año de prisión por amenazas leves; una multa de 1.350 euros por el delito leve de maltrato; 11 años de cárcel por un asesinato en grado de tentativa y tres años de prisión por una tentativa de aborto.
Además, entre otras penas, el tribunal le prohíbe comunicar y acercarse a la perjudicada y a su hijo, a menos de 500 metros, durante 17 años y 10 años, respectivamente. También le priva de la patria potestad y le exige indemnizar a la perjudicada en 30.000 euros.